El impuesto predial puede pagarse en forma fraccionada debiendo pagar la primera cuota hasta su vencimiento. El valor de la segunda, tercera y cuarta cuota, se pagará reajustada con el Índice de Precios al Por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) mensualmente.
Nota: En caso no cancele en las fechas establecidas, deberá abonar los intereses moratorios correspondientes.
Nota: Los arbitrios municipales pueden pagarse en forma fraccionada debiendo pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes que corresponda. Los meses dejados de cancelar, se pagará reajustada con el Índice de Morosidad (1.2%), establecido por la Ordenanza Municipal N° 002-2016-MDCN-T, mensualmente.
Nota: Recuerde que todo pago es en efectivo, debe realizarse a nombre del propietario del predio registrado en la base predial.
Calle Manuel Lorenzo de Vidaurre N° 448 (frente a la plaza José Olaya) – Ciudad Nueva
Horario de atención: de lunes a viernes: 8:00 a.m. A 3:30 p.m.
IMPORTANTE:
Cuando realice sus pagos, recuerde verificar en sus recibos que figure claramente su nombre, código y cuotas que cancela.