Vaso de Leche

¿Quiénes somos?

El Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo principal contribuir a elevar el nivel nutricional ofreciendo una ración diaria de alimentos a la población considerada vulnerable (pobreza y extrema pobreza) con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población con mayor riesgo nutricional y en los grupos más empobrecidos en la Municipalidad de Ciudad Nueva, que por su precaria situación económica no están en condiciones de atender sus necesidades elementales.


Normativa

Ley N° 24059: Ley de Creación del Programa del Vaso de Leche (04/01/1985).

Ley N°27470: Normas complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche (03/06/2001).

Ley N°27712: Modifica la Ley 27470, Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche (30/04/2002).


Misión

Combatir los niveles bajos de nutrición en hogares vulnerables (pobres y extremadamente pobres) a niños de 0 a 6 años, madres gestante y en período de lactancia, en la medida que atienda a la primera prioridad, se podrá atender a los niños de 0 a 7 años en estado de desnutrición, ancianos, afectados por tuberculosis y discapacitados.


Visión

La Visión del Programa del Vaso de Leche es ser responsable y confiable, que oriente sus esfuerzos y recursos alimentarios a los hogares más vulnerables, en un trabajo estrecho y coordinado con las organizaciones de base, desarrollando un trabajo de eliminación de filtraciones de beneficiarios no aptos.


Objetivos

General

El Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo principal contribuir a elevar el nivel nutricional ofreciendo una ración diaria de alimentos a la población considerada vulnerable (pobreza y extrema pobreza) con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población con mayor riesgo nutricional y en los grupos más empobrecidos en la Municipalidad de Ciudad Nueva, que por su precaria situación económica no están en condiciones de atender sus necesidades elementales.

Específicos

a. Contribuir a mejorar el nivel nutricional y la calidad de vida.
b. Reducir la mortalidad infantil.
c. Suministrar diariamente una ración complementaria a los niños, a las madres gestantes y lactantes.
d. Fomentar la lactancia materna.
e. Estimular el desarrollo de formas de organización comunal en especial de la población femenina que permitan acciones conducentes a elevar el nivel de vida y conciencia.


Beneficiarios

Son todos los niños menores a 7 años, las Madres Gestantes, Madres en periodo de Lactancia, personas con TBC, Discapacitados y Ancianos. Actualmente se atienden a 1466 Beneficiarios distribuidos en 92 Comités


Requisitos

1. Si la madre esta embarazada

✔ Fotocopia del DNI de la Madre
✔ Tarjeta de Control Pre Natal
✔ Recibo de Agua o Luz

2. Del niño

✔ Fotocopia de la Partida o el DNI del Niño
✔ Copia de DNI de los solicitantes y de los testigos, de ser el caso autenticada por el fedatario.
✔ Fotocopia de la Madre o Apoderado
✔ Tarjeta de Vacunación
✔ Evaluación Nutricional
✔ Recibo de Agua o Luz

Primera prioridad

Niños de 0 a 6 años de Edad
Madres Gestantes
Madres en Periodo de Lactancia

Segunda prioridad

Niños de 7 a 13 años de Edad
Personas con TBC
Ancianos


Organizaciones Sociales de Bases de Comedores Populares

Según Normativa de Ley Nº 25307 , están comprendidos los Comedores Populares, Auto gestionados, Clubes de Madres, Cocinas Familiares y demás Organizaciones sociales de Base, en lo referido al servicio de Apoyo Alimentario, para las personas más vulnerables (pobreza y extrema pobreza) de escasos recursos económicos.

1. Inscripción de Junta Directiva

✔ Legalización de libros de Actas (Notaría Publica)
✔ Acta de Constitución o instrumento que acredite la misma asentada
✔ Tener Estatutos aprobados por la Organización
✔ Padrón de socios (nombre y apellidos), con un número mínimo de veinte (20) socios
✔ Nómina de los miembros de la Junta directiva, debidamente reconocida por la Asamblea de Asociados.
✔ Fotocopiar los folios (hojas) del Libro de Actas selladas por Fedatario Municipal.
✔ Solicitud dirigida al Alcalde de la jurisdicción correspondiente, solicitando la inscripción como Organización Social de Base (trámite gratuito, ordenanza municipal 051-90)
✔ Con Resolución Municipal, se convalida ante la oficina censal de los Registros Públicos, adjuntando copias de inscripción que acredite que se está inscrito en el registro de personas jurídicas, creado por Resolución Jefatural Nº 017-95-ORLC del 24/01/95.


Ubícanos
Manuel Lorenzo de Vidaur N° 448
Frente a la Plaza José Olaya
Horario de Atención
De Lunes a Viernes
De: 7:30 a.m. a 03:30 p.m.
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